La DGII fijó un calendario escalonado para aplicar los cambios tributarios, con medidas inmediatas y otras pautadas para los ejercicios fiscales de 2027, 2028 y 2029.
Santo Domingo, República Dominicana. – La Ley 30-26 comenzará a aplicarse de manera escalonda, con disposciones que entran en vigor de inmediato, nuevos gravámenes previstos desde julio de 2026 y otros cambios tributarios programados para los ejercicios fiscales de 2027, 20028 y 2029.
El calendario de implemetanción publicado por la Dirección General de Impuestos Internos establce las fechas de entrada en vigencia de las principales medidas aprobadas en la normativa, entre ellas los impuestos al sector de juegos de azar, el ajuste a cheques y transferencias electrónicas, la deducción ampliada de gastos educativos, el nuevo Régimen Simplificado de Tributación y cambios vinculados a seguros de vida, sucesiones, donaciones e hipotecas.
Dos días después, el 3 de julio, comenzará a aplicarse el aumento del impuesto a la emisión de cheques y a los pagos realizados mediante transferencias electrónicas, que pasará de 0.15 % a 0.20 %.
La normativa también incorpora una contribución de salida de US$30 por persona para quienes salgan del país, medida que figura dentro de las disposiciones de aplicación inmediata.
En materia educativa, la Ley 30-26 dispone una deducción ampliada por gastos educativos aplicable al ejercicio fiscal 2026. La medida permite deducir hasta el 30 % del mínimo exento previsto en el artículo 296 del Código Tributario, con un límite de 50 % cuando los pagos estén vinculados a educación de personas con discapacidad o trastornos del neurodesarrollo.
El nuevo Régimen Simplificado de Tributación también forma parte de las disposiciones contempladas por la ley, aunque su aplicación operativa dependerá de la emisión del reglamento correspondiente.
La normativa establece una retención de 15 % sobre determinados pagos realizados al exterior por empresas dominicanas a proveedores no residentes, incluyendo licencias de software, servicios de publicidad digital, regalías, derechos de autor y almacenamiento de datos en la nube.
El Ministerio de Hacienda y Economía precisó que esa disposición no crea un impuesto para ciudadanos que pagan suscripciones personales a plataformas digitales como Netflix, Spotify, aplicaciones móviles, entretenimiento o servicios de nube de uso individual.
Según la explicación oficial, el cambio reduce de 27 % a 15 % la retención aplicable a determinados pagos empresariales hechos desde República Dominicana hacia proveedores extranjeros.
El calendario también contempla modificaciones para los próximos ejercicios fiscales. En el caso de los seguros de vida, la reducción será gradual: 11 % para el ejercicio fiscal 2027, 6 % para 2028 y derogación en 2029.
En materia patrimonial, la ley introduce disposiciones sobre sucesiones y donaciones con aplicación inmediata, aunque su ejecución requerirá los procedimientos y normas complementarias correspondientes.
Para el ejercicio fiscal 2027 está prevista la derogación del impuesto por constitución de compañías y aumento de capital. En cuanto al impuesto de registro y conservación de hipotecas, la tasa será de 1 % durante 2027 y quedará derogada en 2028.
La Ley 30-26 fue promulgada el 18 de junio de 2026 como parte de las medidas fiscales presentadas por el Gobierno para fortalecer los ingresos públicos, simplificar procesos tributarios y responder a presiones económicas derivadas del escenario internacional.
Las autoridades han estimado que la normativa permitiría elevar las recaudaciones entre RD$40,000 millones y RD$50,000 millones.
La entrada escalonada de las medidas obligará a empresas, entidades financieras, asesores fiscales, comercios y contribuyentes a revisar sus procesos de facturación, contratos, pagos, registros contables y planificación tributaria, de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario oficial.















