El Tribunal Constitucional confirmó la sentencia de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo en la que ordena a la Policía Nacional el reintegro de Juan Carlos Olivare Carrera a las filas de la institución, luego de haberle dado de baja por tener tatuajes en su cuerpo.
Mediante la sentencia TC/0081/19 publicada ayer martes, también ratificó el pago de todos los salarios dejados de percibir por el accionante hasta la fecha en que se haga efectivo su reintegro.
Otros dos miembros de la institución también recibieron la baja por el mismo motivo.
El dos de noviembre del año 2015, Juan Carlos Olivare Carrera, interpuso una Acción Constitucional de Amparo ante el TSA en contra la Policía Nacional.
La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo acogió la acción de amparo esencialmente, porque en relación al fondo del asunto, la petición del accionante en amparo se contrae a su reintegro a las filas de la institución, por haber sido la causal de su baja la tenencia de un tatuaje en su cuerpo, lo cual, según él, vulnera sus derechos fundamentales a la dignidad humana, al trabajo y al debido proceso; que en adición a ello, también deberá ser ponderada la violación a otros derechos fundamentales, como son el libre desarrollo de la personalidad, que compone el derecho a la propina imagen, ello en virtud a los Principios de favorabilidad y eficiencia establecido por el artículo 7.
La Policía Nacional abrió una investigación sobre un grupo de miembros de la institución por llevar estos tatuajes en sus cuerpos, los cuales luego de interrogatorios e investigaciones, fueron asemejados a signos vandálicos, lo cual llevó a la baja el hoy accionante junto a otros miembros de las filas de la institución.
No obstante, la oficial encargada de llevar dicha investigación expresa en su oficio que no se determinó que los tatuajes que tienen impregnados en sus cuerpos los rasos Reyes Guzmán y Rodríguez Gálvez guarden similitudes con pandillas.