SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en primera lectura el proyecto de ley de cheques de la República Dominicana y lo envió a plazo fijo de una semana a comisión.
El envío del proyecto de nuevo a comisión, fue para hacer modificaciones de algunos artículos.
La iniciativa del diputado Ramón Cabrera tiene por objeto establecer las normas legales para el fortalecimiento y organización del uso del cheque como instrumento de pago en República Dominicana.
En el artículo 5, se establecen como condiciones para el libramiento, que solo puede librarse a cargo de un banco múltiple que mantenga fondos disponibles previamente depositados en la cuenta del librador.
La apertura de la cuenta se hará en virtud de un contrato entre el librado y el librador, que faculte al librador a disponer de los fondos depositados en ella.
Se establece en uno de los párrafos que en caso de negativa del pago del cheque por parte del librado, el librador estará obligado a demostrar que en la cuenta mantenida en un banco múltiple existía la debida disponibilidad de fondos.
De no probarlo, el librador tendrá la obligación de garantizar el pago, aunque el protesto se haya hecho después de vencidos los plazos legales.
Se contempla además que el librado solo estará obligado a pagar el cheque cuando exista la debida disponibilidad de fondos y cumpla con los requisitos indispensables de validez establecidos en esta ley y sus respectivos reglamentos, salvo las excepciones prescritas en la misma.
Asimismo, se precisa que los bancos de ahorro y crédito, las asociaciones de ahorros y préstamos, el Banco Nacional de las Exportaciones (BANDEX) y el Banco Agrícola de la República Dominicana, solo podrán emitir cheques de gerencia o administración en la forma prevista en esta ley, para cubrir necesidades de libramiento propias de estas entidades.