El proyecto incorpora mecanismos de debida diligencia, verificación financiera y requisitos de integridad para aspirantes, dirigentes y donantes políticos.
Santo Domingo. – El Senado de la República aprobó este martes en segunda discusión el proyecto que modifica la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, una iniciativa que introduce nuevas exigencias para los candidatos, entre ellas pruebas antidopaje, certificación de no antecedentes penales y verificación de informaciones patrimoniales y financieras.
La pieza legislativa modifica más de veinte disposiciones de la normativa vigente e incorpora controles vinculados a la prevención del lavado de activos, con el propósito de establecer mayores niveles de supervisión sobre el origen de los recursos utilizados en actividades políticas.
De acuerdo con la información publicada por el Senado, el proyecto traslada a los partidos obligaciones similares a las aplicadas en sectores regulados, especialmente en materia de cumplimiento normativo, revisión de antecedentes y detección de operaciones sospechosas.
Mayor control sobre precandidatos, candidatos y donantes
Uno de los puntos centrales de la reforma es la creación de procedimientos obligatorios de debida diligencia. Mediante este mecanismo, los partidos deberán verificar antecedentes, actividades económicas y origen de los recursos de precandidatos, candidatos, dirigentes y donantes.
La propuesta también dispone que cada organización política implemente programas internos de cumplimiento normativo, conocidos internacionalmente como compliance, dirigidos a prevenir la penetración del crimen organizado y el uso de dinero ilícito en procesos internos, campañas electorales y estructuras partidarias.
Cada partido deberá contar con un oficial o una unidad de cumplimiento encargada de supervisar los controles internos, verificar informaciones relevantes y reportar operaciones sospechosas cuando corresponda.
Nuevos requisitos para aspirar a cargos electivos
El proyecto establece requisitos adicionales para quienes aspiren a una candidatura, incluyendo la presentación de una declaración jurada de patrimonio correspondiente a los tres años previos a la postulación.
En caso de no presentar esa declaración, el aspirante deberá depositar una certificación de cumplimiento fiscal emitida por la Dirección General de Impuestos Internos.
La iniciativa faculta a los partidos a declarar inadmisibles o excluir aspirantes cuando se detecte falsedad documental, ocultamiento de información relevante o incumplimiento de los requisitos de integridad establecidos por la ley.
Garantías de defensa y revisión ante el Tribunal Superior Electoral
Aunque amplía las facultades de los partidos para revisar la idoneidad de sus aspirantes, el proyecto establece que esas decisiones deberán respetar garantías mínimas del debido proceso.
La normativa contempla notificación formal, derecho de defensa, presentación de pruebas y posibilidad de recurrir las decisiones ante las instancias internas de cada organización política.
Posteriormente, los casos podrán ser llevados ante el Tribunal Superior Electoral, conforme a los procedimientos establecidos en la legislación dominicana.
El texto también dispone que una candidatura ya escogida podría ser sustituida si se comprueba que el candidato presentó información falsa o incumple las condiciones de integridad exigidas por la ley.















