El Tribunal Superior Electoral aplazó para el seis de noviembre el conocimiento de cuatro demandas concernientes a conflictos del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
El aplazamiento fue dispuesto por el TSE a fin de que las partes envueltas en las disputas comuniquen recíprocamente los documentos.
Uno de los casos concierne a una demanda en nulidad de la XVIII Convención Claudio Caamaño Gullón del PRM interpuesta por el militante de ese partido Elmy Abelardo Piña Suero.
También fue aplazado el conocimiento de una demanda en nulidad de la misma convención en el Distrito Nacional, pero correspondiente a la zona P4 de la tercera circunscripción realizada el 12 de abril de 2018, mediante la cual fue declarado ganador Enrique Geraldino Espinal. Esta demanda fue interpuesta por Luis Manuel Araujo Vólquez.
Además fue aplazada una acción de amparo electoral de cumplimiento interpuesta por Reynaldo William Solís Colón, en contra del PRM y sus autoridades, por alegada vulneración de derechos durante la celebración XVIII de la misma convención realizada en la demarcación de Los Alcarrizos.
La otra demanda aplazada consiste en una acción de nulidad presentada por varios dirigentes del PLD en contra del pacto suscrito por el Comité Político de ese partido el 28 de mayo de 2015, referente a la posposición del IX Congreso Ordinario por su irregular ratificación de la asamblea de delegados.
Esta demanda en nulidad fue sometida por Taíno Abreu, Melanio Paredes y Félix Castillo, por considerar que el acuerdo viola la Constitución de la República, la Ley Electoral 275-97 y la Ley 33-18 de sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y los estatutos del PLD