SANTO DOMINGO.- El Ministerio dominicano de Trabajo anunció las fechas correspondientes a los días feriados del próximo año, en cumplimiento de la Ley 139-97.
Esa regulación sobre traslado para los lunes de los feriados que coincidan con martes, miércoles, jueves o viernes, apareció en la Gaceta Oficial No. 9957, del 25 de junio de 1997, y debe ser aplicada en todos los establecimientos.
No cambian, entonces, el miércoles 1ro. de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, el lunes 6 de enero, día de los Santos Reyes, y el martes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia.
Asimismo, el domingo 26 de enero, cuando se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se mantiene y son inamovibles el jueves 27 de febrero, día de la Independencia Nacional y el Viernes Santos, el 18 de abril.
El jueves 1ro. de mayo, Día del Trabajo, será de labores, por lo que cambia para el lunes 5 de mayo; el jueves 19 de junio, celebración de la festividad religiosa Corpus Christi, queda igual.
FERIADOS EN EL SEGUNDO SEMESTRE
De igual forma, permanece el sábado 16 de agosto, día de la Restauración de la República y el miércoles 24 de septiembre, el de Nuestra Señora de las Mercedes.
En tanto que, el jueves 6 de noviembre, día de la Constitución, es laborables y se mueve para el lunes 10 de noviembre.
Permanece el jueves 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús.
MÁS INFORMACIÓN SOBRE FERIADOS
La información completa de los días feriados en el año 2025 puede ser descargada en el portal web de la institución www.mt.gob.do y publicada en las redes sociales institucionales y medios de comunicación.