Durante nueve días el toque de queda en el Distrito Nacional y otras 21 zonas de la República Dominicana más afectadas por el rebrote del coronavirus, comenzará a las 6:00 de la tarde de lunes a viernes, y a las 3:00 pm los sábados y domingo.
Las medidas entrarán en vigencia este miércoles 2 de junio y se extenderán hasta el miércoles 9. Luego de esta última fecha las autoridades revisarán las mismas.
Las demarcaciones afectadas son Distrito Nacional, Azua, Bahoruco, Barahona, Dajabón, Elías Piña, El Seibo, Hato Mayor, Hermanas Mirabal, provincia Independencia, La Romana, María Trinidad Sánchez, Monseñor Nouel, Monte Cristi, Monte Plata, Pedernales, Peravia, San Cristóbal, San José de Ocoa, San Juan, San Pedro de Macorís y Sánchez Ramírez.
En estas demarcaciones habrá una gracia de libre circulación de 3 horas adicionales todos los días, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias. En consecuencia, habrá libre tránsito en las mismas de lunes a viernes hasta las 9:00 p.m., y los sábados y domingos hasta las 6:00 p.m.
Flexibilidad para las provincias con menor contagio y positividad
El horario del toque de queda en provincias con menor nivel de contagio y tasa de positividad, será de lunes a viernes desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., y los sábados y domingos desde las 9:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.. Son ellas Duarte, Espaillat. La Altagracia, La Vega, Samaná, Santiago y Provincia Puerto Plata.
Para estas demarcaciones se dispone una gracia de libre circulación hasta las 12 de la medianoche todos los días, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.
Las disposiciones están contenidas en un decreto emitido este lunes en la noche por el Poder Ejecutivo, luego de una reunión del Gabinete de Salud, que encabeza la vicepresidenta de la República, Raquel Peña.
Jornada especial de vacunación
Mediante el mismo decreto, el Gobierno dispuso una jornada especial de vacunación desde el próximo jueves y hasta el domingo, en El Gran Santo Domingo y la provincia de San Cristóbal.
OTRAS DISPOSICIONES
Otras de las medidas adoptadas por el gobierno es la que restringe el horario de ventas de bebidas alcohólicas, determinando que, queda prohibido a nivel nacional el expendio de bebidas alcohólicas para ser consumidas en espacios públicos y privados de uso público desde las 3:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., así como el consumo mismo de estos productos en dichos lugares. Se dispuso además que las actividades del sector educación seguirán reguladas mediante su protocolo sectorial. Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia del presente decreto se dispone la implementación exclusiva de la modalidad a distancia en los centros educativos públicos. Los centros educativos privados podrán implementar, de manera voluntaria y en estricto seguimiento de los protocolos sanitarios, clases en modalidad semipresencial.