La organización advierte sobre negación, fragmentación y retrasos en la entrega de información por parte de instituciones del Estado.
Santo Domingo. – El Partido de la Liberación Dominicana (Partido de la Liberación Dominicana) denunció que varias instituciones del Estado estarían incurriendo de manera reiterada en violaciones a la Ley No. 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, mediante la negación, fragmentación o retraso injustificado en la entrega de informaciones solicitadas formalmente por ciudadanos, periodistas y dirigentes políticos.
El señalamiento fue realizado por el secretario general del PLD, Johnny Pujols, quien explicó que, según la organización, no se trata de situaciones aisladas ni de fallas administrativas puntuales, sino de una práctica sostenida que afecta el derecho ciudadano a fiscalizar el uso de los recursos públicos y debilita los principios de transparencia y rendición de cuentas en la administración pública.
Pujols indicó que la situación se agrava debido a que informaciones que anteriormente se encontraban disponibles en los portales de transparencia han sido desplazadas, fragmentadas o dejadas de publicar, lo que dificulta el acceso efectivo a datos de interés público. Agregó que a esto se suman respuestas oficiales que niegan información, la suministran de manera incompleta o no responden dentro de los plazos establecidos por la ley.
Alcance de la Ley 200-04 y plazos de respuesta
El dirigente político recordó que la Ley 200-04 reconoce el derecho de toda persona a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del Estado, conforme a lo establecido en su artículo 1. Asimismo, señaló que la normativa define la información pública de manera amplia, incluyendo contratos, pagos, expedientes, registros y documentos, en cualquier formato, siempre que estén bajo control o posesión de una entidad pública, tal como lo dispone el artículo 2.
Añadió que la ley impone obligaciones de publicidad activa sobre presupuesto, compras, contrataciones y uso de fondos públicos, y establece de forma expresa que los contratos del Estado constituyen información pública, aun cuando intervengan empresas privadas, según el artículo 3.
Pujols subrayó que la legislación fija plazos claros para responder las solicitudes de información, estableciendo un término de 15 días hábiles, prorrogables únicamente de manera excepcional. Indicó que la demora injustificada, el silencio administrativo o las respuestas evasivas constituyen una denegación ilegal del derecho de acceso a la información, de conformidad con los artículos 8 y 10 de la ley.
Límites a las excepciones
El secretario general del PLD advirtió que las excepciones previstas en la Ley 200-04 son limitadas y taxativas, y solo pueden aplicarse cuando la información ha sido expresamente clasificada conforme a la normativa o cuando se afecten intereses públicos claramente definidos. Precisó que, en esos casos, la denegación debe estar debidamente motivada, ser proporcional y verificable, tal como lo establecen los artículos 17 y 18.
La organización política reiteró su preocupación por lo que considera una práctica que limita el ejercicio del derecho ciudadano a la información pública y afecta los mecanismos de control y fiscalización democrática.














