El Ministerio Público le atribuye actos de tortura y barbarie contra la víctima, a quien golpeó e incendió tras una discusión.
Santo Domingo. – La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso seis meses de prisión preventiva contra José Miguel Marrero de Jesús (alias Toy), acusado de causar la muerte a Cristian Pérez García en un hecho calificado por el Ministerio Público como de tortura y barbarie.
Según la acusación, el crimen ocurrió la madrugada del 12 de octubre de 2025 en el sector San Gabriel, ubicado en el kilómetro 9 de la Carretera Sánchez.
De acuerdo con las investigaciones, la víctima regresaba a su vivienda alrededor de las 3:00 de la mañana cuando fue interceptada por el imputado, con quien mantenía conflictos personales previos.
Detalles del hecho
El expediente señala que Marrero de Jesús atacó a Pérez García con un palo en la cabeza, luego lo roció con gasolina e insecticida y le lanzó un fósforo encendido, provocándole graves quemaduras. Tras el ataque, el agresor habría gritado a la pareja de la víctima “que lo fuera a buscar porque lo había quemado” antes de abandonar la escena.
La esposa de la víctima, al encontrarlo con quemaduras severas, lo trasladó de inmediato al Hospital Ney Arias Lora, donde falleció a causa de las lesiones.
El informe forense detalla que Pérez García presentó quemaduras de segundo grado en un 18.5 % de la superficie corporal, localizadas en el rostro, cuello, tronco posterior y brazos.
Sustento del Ministerio Público
El Ministerio Público, a través del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía del Distrito Nacional, presentó ante el tribunal un conjunto de pruebas que incluyen testimonios de testigos, actas de levantamiento de cadáver y de arresto, así como certificaciones médicas emitidas por la Unidad de Quemados del Hospital Ney Arias Lora.
El juez Rigoberto Sena acogió la solicitud de prisión preventiva y ordenó que Marrero de Jesús cumpla la medida en la Penitenciaría Nacional de La Victoria. La revisión obligatoria fue fijada para el 5 de febrero de 2025.
El Ministerio Público calificó el hecho como homicidio agravado, en violación a los artículos 295, 303, 303-1 y 304 del Código Penal dominicano, y solicitó la aplicación del artículo 226, numeral 7, del Código Procesal Penal, que establece la prisión preventiva para garantizar la presencia del imputado durante el proceso judicial.















