Airbnb, la plataforma internacional de alquileres a corto plazo, lanzó ayer un apartado en su sitio web titulado «Anfitriones responsables en República Dominicana».
Con esta iniciativa, Airbnb reafirma su postura de que los anfitriones sean los responsables de cumplir con las obligaciones fiscales asociadas a las reservas realizadas en la plataforma.
Desde hace varios meses, el gobierno dominicano ha sostenido conversaciones con Airbnb, buscando que la empresa retenga gravámenes como el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de las transacciones realizadas a través de su plataforma.
Cabe señalar que el proyecto de ley de modernización tributaria, que no fue aprobado, proponía que plataformas digitales asumieran el cobro de estos impuestos a favor del Estado.
Hace unas tres semanas, Carlos Muñoz, encargado de Políticas Públicas y Asuntos Gubernamentales de Airbnb, visitó el país para reunirse con las autoridades fiscales.
«Los impuestos son un tema complejo, y las obligaciones fiscales de cada anfitrión dependen de sus circunstancias específicas. Por ello, recomendamos que cada anfitrión investigue sus responsabilidades fiscales o consulte a un asesor fiscal profesional», manifestó Airbnb en la nueva sección de su página web.
Para empresas como aerolíneas, agencias de viaje e incluso la tienda en línea Amazon, la retención de impuestos es una práctica común.
Airbnb realiza estas retenciones en otros países, pero, hasta el momento, no asume esta responsabilidad en República Dominicana.
En su sitio web, Airbnb resume las obligaciones fiscales de los propietarios que alquilan inmuebles a través de su plataforma, incentivándolos a cumplir individualmente con el pago de impuestos ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
La empresa enfatiza que esta guía es «un punto de partida» para los anfitriones y que sus fines son meramente informativos, sin constituir asesoría legal o fiscal.
¿Qué dice sobre el ITBIS y el ISR?
Airbnb detalla que cualquier persona que alquile un inmueble para estancias de corta duración es responsable de entender y cumplir con el ISR y el ITBIS, según corresponda a sus ingresos y servicios.
La guía menciona que la tasa del ITBIS para alquileres es del 18 % y señala que, en general, los anfitriones deben incluir este impuesto en las facturas que emitan a los huéspedes.
Además, destaca la probable necesidad de registrarse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) para emitir dichas facturas.
En cuanto al ISR, la guía explica que la tasa a pagar a la DGII dependerá del rango de ingresos anuales del anfitrión.
Asimismo, se establece la obligación de hacer pagos mensuales anticipados, equivalentes a una doceava parte del ISR del año fiscal anterior, y de presentar una declaración anual de este impuesto antes del 31 de marzo del siguiente año.
Para las empresas
En el caso de personas jurídicas, Airbnb informa que deben pagar el ITBIS del 18 % y el ISR del 27 %, independientemente de su tamaño.
Las empresas también están sujetas a pagos anticipados y a una tasa del 1 % sobre su patrimonio, calculada en función de los bienes que aparecen en su balance, incluidos los inmuebles.
La guía no es nueva
La guía «Consideraciones fiscales relacionadas con compartir espacios de alojamiento de corta duración» fue preparada por un bufete de abogados independiente para la plataforma Airbnb en febrero de 2024, y desde esta semana forma parte de la nueva sección de la plataforma, con el objetivo de «facilitar que los anfitriones cumplan con sus obligaciones fiscales«.