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Procuraduría revoca tarifa de las multas por violación al toque de queda

La procuradora general de la República revocó la “Instrucción general sobre procesamiento y sanciones por incumplimiento del toque de queda y prohibición de aglomeraciones”.

La decisión de la magistrada Miriam Germán Brito revierte la instrucción que había emitido a los fiscales de las distintas instancias del Ministerio Público el 11 de enero de 2021.

Germán dispuso que los integrantes del Ministerio Público deberán procurar que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de Estado de Excepción, deberán ser sometidos ante el juez de Paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales.

El Ministerio Público deberá seguir velando porque, con base al ordenamiento jurídico, las multas impuestas al ciudadano jamás excedan de entre uno y diez salarios mínimos, como lo establece la Ley General de Salud Pública, No. 42-01.

Al impartir la comunicación interna a los fiscales, la procuradora recordó la necesidad de que el Ministerio Público apoye las acciones del Gobierno y acompañe a toda la población en la implementación de las medidas que, como el toque de queda y el distanciamiento social, buscan frenar la pandemia de la COVID-19, el cual ha afectado en el país a 188,969 personas con la pérdida irreparable de 2,432 vidas humanas.

Aunque procedió a revocar su instrucción tras analizarla y discutirla con su equipo de expertos, la magistrada garantizó mediante un comunicado de prensa a la ciudadanía que jamás el Ministerio Público dejará de cumplir sus funciones y su obligación de perseguir sanciones contra quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades competentes para garantizar la salud pública.

El artículo 153 de la Ley General de Salud estipula sanciones de entre 1 y 10 salarios mínimos (entre RD$10,000 y RD$100,000) para quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades de salud para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles.

La fijación de montos anteriores obedecía al interés del Ministerio Público de ofrecer una especie de criterio de oportunidad para atenuar la sanción imponible en el caso de conductas que se consideren de menor lesividad, así como un parámetro común para proceder y evitar la discrecionalidad.

La Procuraduría General de la República refuerza su interés en fortalecer el Estado de Derecho y recuerda a la comunidad jurídica y al liderazgo político la necesidad de un debate constructivo que aporte soluciones.

Recordó que al momento de iniciar el estado de emergencia hace un año, República Dominicana, como muchos países, se encontró frente a la necesidad de actuar frente a una pandemia que sorprendió a todo el mundo. Por esa razón, intuye, las normas aplicables a quienes violentan las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para prevenir y controlar la pandemia, al parecer se empezaron a aplicar analógicamente al procedimiento de multas establecido en la Ley General de Tránsito.

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